Servicios
Nuevo suministro
1. En viviendas.
- Copia del D.N.I. del titular si es persona física, o del C.I.F. si se trata de una empresa.
- Copia de la escritura de propiedad, o del contrato de alquiler.
- Referencia catastral del inmueble.
- Si es primera ocupación:
- Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) sellado por los Servicios de Industria.
- Copia de la cédula de habitabilidad o calificación definitiva HP (si es vivienda protegida).
- Copia de la licencia de primera ocupación.
- Si no es primera ocupación y:
- Hace menos de 1 año que el suministro está dado de baja:
- Boletín de Reconocimiento de Instalaciones de Baja Tensión.
- Hace más de 1 año que el suministro está dado de baja:
- Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión sellado.
- Certificado realizado por una Entidad de Inspección y Control con resultado favorable.
- Hace menos de 1 año que el suministro está dado de baja:
- Cuenta corriente para domiciliar las facturas.
- Si el titular es una empresa, copia de la escritura de constitución y poderes del representante.
2. En locales industriales, comerciales y zonas comunes.
- Copia del D.N.I. del titular si es persona física, o del C.I.F. si se trata de una empresa.
- Copia de la escritura de propiedad, o del contrato de alquiler.
- Referencia catastral del inmueble.
- Si es primera ocupación:
- Copia de la licencia de primera ocupación.
- Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) sellado por los Servicios de Industria.
- Si no es primera ocupación, y en locales comerciales u oficinas, se admite el Boletín de Reconocimiento de Instalaciones de Baja Tensión, pero únicamente si el suministro no ha estado de baja más de un año, la potencia es inferior a 20 kW y el local no es de pública concurrencia.
- Cuenta corriente para domiciliar las facturas.
- Si el titular es una empresa, copia de la escritura de constitución y poderes del representante.
3. En provisionales de obras.
- Copia del D.N.I. del titular si es persona física, o del C.I.F. si se trata de una empresa.
- Copia de la licencia municipal de obras.
- Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) sellado por los Servicios de Industria.
- Certificado de cumplimiento de distancias reglamentarias de obras o construcciones a líneas eléctricas.
- Cuenta corriente para domiciliar las facturas.
- Si el titular es una empresa, copia de la escritura de constitución y poderes del representante.
Toda la documentación está referida a suministros en baja tensión. En todos los casos hay que firmar los correspondientes contratos o solicitudes y, cuando corresponda, pagar los derechos de acometida.
Cambio de nombre
- Copia del D.N.I. del nuevo titular si es persona física, o del C.I.F. si se trata de una empresa.
- El cambio se podrá realizar siempre que se esté al corriente de pago, y que se aporte un título justo que acredite la titularidad (escritura de propiedad o contrato de alquiler). También cuando exista un acuerdo de traspaso firmado por el titular anterior y el nuevo. Y, en caso de fallecimiento, cuando se acredite el derecho de subrogación.
- Si el cambio comporta la modificación de la actividad o el contrato tiene más de 20 años de antigüedad, hace falta Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) sellado por los Servicios de Industria o Boletín de Reconocimiento de Salas de Instalaciones de Baja Tensión, según corresponda.
- Si el titular es una empresa, copia de la escritura de constitución y poderes del representante.
Cambio de potencia, tensión o actividad
- Copia del D.N.I. del nuevo titular si es persona física, o del CIF si se trata de una empresa.
- Si se trata de un aumento de potencia, cambio de tensión o actividad, hay Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) sellado por los Servicios de Industria. Acepta Boletín de Reconocimiento de Instalaciones de Baja Tensión si la nueva potencia es igual o inferior a 20 kW, no hay cambio de la actividad y el aumento es inferior al 50% de la potencia máxima admisible. No se requiere esta documentación si la nueva potencia no supera la máxima admisible legalizada.
- Copia del D.N.I. del titular si es persona física, o del C.I.F. si se trata de una empresa.
Baja suministro
- Copia del D.N.I. del titular si es persona física, o del C.I.F. si se trata de una empresa.